miércoles, 3 de septiembre de 2014

El contractualismo y el delito

Como hemos comentado en el artículo El control social y David Garland, el control penal necesita una legitimación para ser factible socialmente. Esa legitimación ya comenzó en la Ilustración con el “contractualismo”. Recordemos que el contractualismo recurre a la idea de que existe un pacto o acuerdo social por el cual los hombres y mujeres cedemos parte de nuestra libertad al Estado. Esta cesión lleva implícita una limitación de nuestra libertad (podemos entrar en prisión, perder derechos civiles, restricción de derechos) a cambio de que el propio Estado garantice nuestras libertades y derechos individuales. 
Esta legitimación parte de considerar que ceder nuestra libertad es más satisfactorio que dejar sean los propios ciudadanos solucionen los problemas sin mediación del Estado. Según Hobbes se habla de este estado donde los ciudadanos solucionan sus conflictos como estado de guerra. Otros autores, como Rousseau en El contrato social expone la existencia de un estado de naturaleza primitivo que provocaría la extinción del género humano. Según el francés “el contrato social pretende ser una asociación que proteja con la fuerza común la persona y los bienes. Cada uno pone en común su persona (…) bajo la dirección de la voluntad general, y cada miembro considerado como parte indivisible del todo”.


El quebranto del pacto social

Césare Beccaria
Pero en el ámbito criminológico nos interesa especialmente la obra de Césare Beccaría, que en su obra De los delitos y las penas (1764) nos define las leyes como “las condiciones con que los hombres aislados e independientes se unieron en sociedad, cansados de vivir en un continuo estado de guerra (como decía Hobbes)” decidieron sacrificar algo de esta libertad para formar la soberanía de la nación y que el soberano administrara y fuera legítimo depositario de la libertad. También será necesario defenderlo de usurpaciones privadas mediante penas establecidas para estos infractores. 

Rousseau dice que cuando se viola el pacto social “cada cuál recobra sus primitivos derechos y recupera su libertad natural”. Es decir que regresamos al estado de naturaleza. Por ello del pacto social nace el orden social básico y este legitima el control penal. Por ello este es necesario. Pero Beccaría matiza este aspecto, ya que indica que cualquier pena innecesaria se convierte en tiránica. Cada persona querría que no se le aplicara la pérdida de libertad que supone el pacto social, solo quiere ceder la parte más pequeña de su propia libertad. Lo mínimo para no verse indefenso frente a las agresiones. “Esas pequeñas porciones de libertad forman el derecho de castigar; todo lo demás es abuso y no justicia”.


¿El hombre es bueno o malo por naturaleza?

El debate es largo y profundo. Según lo que hemos visto anteriormente podemos considerar que el hombre es malo por naturaleza. Las referencias al estado de guerra y al estado de naturaleza que hacen los autores convierten la idea de que la naturaleza del hombre es buena en algo imposible. Según Hobbes en su obra Leviatán (1676) expone este hecho de manifiesto al afirmar que “el hombre encuentra un gran sufrimiento al convivir con otros hombres cuando no hay un poder superior capaz de atemorizarlos a todos”. Hobbes encuentra 3 causas principales para ello: la competencia que provoca invasiones para adquirir ganancias, la desconfianza, que generar seguridad y la gloria, para adquirir reputación. Estas 3 causas provocarán el uso de herramientas para conseguir los objetivos, estos son violencia para adquirir ganancias, la segunda violencia para defenderse y la tercera para reparar pequeñas ofensas. Lo único que inclinan al hombre a dejar el estado de guerra constante y buscar la paz es el miedo a la muerte, el deseo de obtener las cosas necesarias para vivir cómodamente y la esperanza de que con su trabajo pueden conseguirlas.
John Locke

Sin embargo Locke es mucho más optimista y admite que el hombre es bueno por naturaleza. Ya que diferencia el estado de naturaleza del estado de guerra. En su obra Segundo tratado sobre el Gobierno Civil (1690): el estado de naturaleza tiene una ley de naturaleza que lo gobierna y que obliga a todos y la razón que es esa ley, enseña a toda la humanidad que quiera consultarla que siendo todos los hombres iguales e independientes, ninguno debe dañar a otro en lo que atañe a su vida, salud, libertad o posesiones. Según Locke Dios es quién ha imbuido al hombre con la razón para respetar esa ley. Pero Locke matiza su exposición para explicar la necesidad de un pacto social. Ciertas personas tienen la aptitud para dañar a otros sin atenerse a la razón. En este caso los sujetos se colocan voluntariamente en un estado de guerra contra el sujeto atacado. Cuando ese estado finaliza volvemos al estado de naturaleza. Estas respuestas de Locke son algo contradictorias. Si el hombre es bueno ¿por qué surgen individuos que se apartan de la bondad y deciden delinquir? 

Críticas al contractualismo

Después de poner encima de la mesa los postulados del contractual ilustrado tenemos que analizar las críticas más importantes. El marxismo pone el foco sobre la libertad del individuo para celebrar un contrato con el Estado. Marx en La ideología alemana expone que la simple idea de que los individuos son libres para celebrar acuerdos con el Estado y que estos contratos constituyen el derecho no tiene en cuenta las bases materiales del poder. Cuando existen relaciones de desigualdad y explotación, la idea de que la ley guarda algo más que una relación muy directa con la voluntad es utópica. A pesar de ello esto no deslegitima sin más el control penal. Simplemente pone de manifiesto que trata desigualmente a determinados ciudadanos. 
Karl Marx




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